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martes, 1 de julio de 2014

LOS 10 MANDAMIENTOS DEL ABOGADO

SEGUN: E.J. COUTURE.

I. Estudia. El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos serán cada día un poco menos Abogado.

II. Piensa, El Derecho se aprende estudiando, pero se ejerce pensando.

III. Trabaja. La Abogacía es una ardua fatiga puesta al servicio de la Justicia.

IV. Lucha. Tu deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el Derecho con la Justicia, lucha por la Justicia.

V. Sé leal. Leal como tu cliente al que no puedes abandonar hasta que comprendas que es indigno de ti. Leal para con el adversario, aun cuando el sea desleal contigo, Leal para con el Juez que ignora los hechos, y debe confiar en lo que tu le dices y que, en cuanto al Derecho, alguna que otra vez debe confiar en el que tú le invocas.

VI. Tolera. Tolera la verdad ajena en la misma medida en que quieres que sea tolerada la tuya.

VII. Ten paciencia. El tiempo se venga de las cosas que se hacen sin su colaboración.

VIII. Ten fe. Ten fe en el Derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la Justicia, como destino normal del Derecho, en la Paz como substitutivo bondadoso de la Justicia; y sobre todo, ten fe en la Libertad, sin la cual no hay Derecho, ni Justicia, ni Paz.

IX. Olvida. La Abogacía es una lucha de pasiones. Si en cada batalla fueras llenando tu alma de rencor llegaría un día en que la vida sería imposible para ti. Concluido el combate, olvida tan pronto tu victoria como tu derrota.

X. Ama tu profesión. Trata de considerar la Abogacía de tal manera que el día que tu hijo te pida consejo sobre su destino, consideres un honor para ti proporcionarle que sea Abogado.
    

sábado, 28 de junio de 2014

Sistema Penal Acusatorio en Panamá

Congreso internacional del Sistema Procesal Penal Acusatorio en Panamá

Principalmente el cambio de un sistema penal inquisidor a un sistema que emana de la necesidad de aplicar una justicia mas humana y un procesó mas ágil, conlleva grandes retos para los administradores de justicia ya que roza a todas luces con rasgos inconstitucionales  sufriendo el principio de igualdad expuesto en nuestra constitución, dejando al acusado en desigualdad al no poder escoger bajo que sistema ser juzgado ya sea inquisidor o acusatorio según la zona donde este en vigencia en nuestra República. 

En resumen se requieren cambios en nuestra constitución ya que tenemos un excelente código procesal penal al cual se le debe una reforma constitucional.

El reto de el cambio de mentalidad que conlleva un cambio de sistema penal inquisidor a un sistema oral adversarial acusatorio también conlleva a nuestros juristas a aprender nuevamente  la oralidad a llevar el nuevo sistema y dejar al lado la teoría aplicada al sistema inquisidor, me refiero a jueces, defensores y fiscales reinando el principio de la contradicción.

No quiero dejar a un lado el tema político ya que requiere una voluntad para dotar al ministerio público de presupuesto necesario para un sistema garantista como el acusatorio.



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martes, 25 de febrero de 2014

Fundaciones de Interes Privado

Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá se encuentran regidas por la Ley 25 del 12 de junio de 1995.
Para los efectos legales, el patrimonio de la Fundación constituye un patrimonio separado de los bienes de su fundador y de los beneficiarios, no siendo posible el secuestro, embargo o cualquier otra acción o medida cautelar, excepto por obligaciones incurridas o por daños causados con ocasión de la ejecución de los fines u objetivos de la fundación o por derechos legítimos de sus beneficiarios.
FINALIDAD
Los Fines de la Fundación pueden ser diversos, excepto los vinculados al ejercicio de actividades lucrativas o comerciales en forma habitual o continua, pudiendo ser utilizadas de diversas maneras, como por ejemplo:

1- Las Fundaciones pueden ser tenedoras de títulos valores, pueden recibir los dividendos por
participaciones en sociedades
2- Las Fundaciones no están sujetas a la vida o muerte de su fundador, por lo cual tienen un
carácter permanente, sometido a las condiciones establecidas en el Acta Fundacional, por lo cual la Fundación es cercana al Fideicomiso (salvo que el Consejo de Administración -Fiduciario- como tal no adquiere en propiedad y el Fideicomiso no tiene personalidad jurídica como la fundación), a las Sociedades Anónimas, al Testamento (donde cumple, incluso, las funciones de albaceas) evitando el proceso de sucesión correspondiente.
Las Fundaciones de Interés Privado panameñas son un novedoso instrumento de Protección de Activos.

Las Fundaciones, como se le conoce abreviadamente, son actos por el cual una persona dona un activo para el logro de los fines establecidos previamente en el acta fundacional por parte del Consejo de Fundación (Junta Directiva) en provecho de unas personas denominadas Beneficiarios.

A diferencia de una: Corporación o Sociedad Anónima, la Fundación no tiene Socios o Accionistas y no puede dedicarse, en forma regular y continua, al ejercicio del comercio, pudiendo realizar actos de comercio solamente de manera accidental o puntual.


PROTECCION DE ACTIVOS
La fundacion sirve para la protección de activos. Es por ello que está previsto en la ley que el Fundador pueda designar a personas naturales o jurídicas como asesores profesionales, auditores, órganos de fiscalización o cualesquiera otros que puedan ejercer las funciones de velar por el cumplimiento de los fines de la fundación y por los derechos e intereses de los beneficiarios, exigir rendición de cuentas al Consejo de la Fundación, supervisar el manejo de los bienes de la fundación y velar por la aplicación de estos a los usos y finalidades descritas en el Acta Fundacional.
CONSTITUCION DE UNA FUNDACION DE INTERES PRIVADO
Se requiere presentar el Acta Fundacional Protocolizada a su inscripción en el Registro Público de Panamá.

Contratio a las Fundaciónes de Interés Público o Social que necesitan la aprobación del Ministerio de Gobierno y Justicia, la Fundación de Interés Privado no requiere autorización gubernamental alguna, por lo cual es una diferencia importante  con referente a estas ya que solo requiere de la voluntad de su fundador.
CARACTERISTICAS Y REQUISITOS DE LAS FUNDACIONES DE INTERES PRIVADO EN NUESTRO PAIS.
En términos generales, la Fundación de Interés Privado posee las siguientes características y requisitos:
1- La Fundación de Interés Privado panameña requiere como capital nominal inicial mínimo
equivalente a la suma de US $10,000.00 los cuales pueden ser pagados con posterioridad a la constitución de la fundación.
2- El Fundador de la Fundación no adquiere ningún derecho sobre el activo de la Fundación.
3- El Nombre del Representante Legal de la Fundación.
4- El Acta Fundacional constituye el instrumento jurídico que gobierna la fundación, la cual deberá
contener, entre otras cosas, la información suficiente sobre el nombre y la sede de la fundación, sus objetivos y fines, la dirección de los miembros del consejo y la utilización del patrimonio en caso de disolución de la fundación.
5- El nombre y domicilio del agente residente en la República de Panamá quien deberá ser un
abogado o una Firma de Abogados quien deberá refrendar el Acta Fundacional.
6- El fundador puede establecer un “reglamento” el cual tendrá carácter privado y donde se
desarrollará lo concerniente a los beneficios de la fundación de manera que dicha información no sea de público conocimiento y sólo de conocimiento de las partes interesadas. En este reglamento el fundador podrá emitir, dentro del marco del Acta Fundacional, las instrucciones referentes a las formas de administración del fondo fundacional compatibles con los fines expresados.
7- El Acta Fundacional como el Reglamento podran ser modificados.
8- La duracion puede ser perpetua o no.

El Protector o Fundador pueden considerar conveniente para los fines de la fundación el cambio o la transferencia de la Fundación a otro país, la ley autoriza tal actividad.

La ley autoriza que las Fundaciones constituidas de acuerdo con leyes extranjeras, puedan continuar su existencia como Fundaciones Panameñas.

VENTAJAS FISCALES DE LAS FUNDACIONES DE INTERES PRIVADO EN PANAMA
La Fundación de Interés Privado, nacional u offshore, está exenta de todo impuesto, contribución, tasa o gravamen casi al mismo título que el Fideicomiso. Es por esto que los actos de constitución, modificación o extinción, así como los actos de transferencia, transmisión o gravamen de los bienes de la Fundación y la renta proveniente de dichos bienes o cualquier otro acto sobre ellos, estará exento siempre que:
1- Los bienes se encuentren situados en el extranjero.
2- Los dineros depositados por personas naturales o jurídicas o su renta no sean de fuente panameña o gravables en Panamá por cualquier causa. 3- Las acciones o valores de cualquier clase emitidos por sociedades cuyas rentas no sean de
fuente panameña o no sean gravables por cualquier causa, aún cuando tales acciones o valores estén depositados en Panamá.
4- La totalidad de los activos de transferencia de bienes inmuebles, títulos, certificados de depósito, valores,
dinero, acciones efectuadas por razón del cumplimiento de los fines u objetivos o por la extinción de la fundación, a favor de los parientes dentro del primer grado de consanguinidad o al cónyuge del fundador.


Sólo se gravan las actividades económicas llevadas a cabo dentro del país, siempre que la renta gravable no provenga de fuente panameña.

viernes, 21 de febrero de 2014

Mortalidad Materna

La mortalidad materna es inaceptablemente alta. Cada día mueren en todo el mundo unas 800 mujeres por complicaciones relacionadas con el embarazo o el parto. En 2010 murieron 287 000 mujeres durante el embarazo y el parto o después de ellos.

Prácticamente todas estas muertes se produjeron en países de ingresos bajos y la mayoría de ellas podrían haberse evitado.

Datos y cifras

cada dia mueren unas 800 mujeres por causas previsibles relacionadas con el embarazo y el parto.

Un 99% de la mortalidad materna corresponde a los paises en desarrollo

La mortalidad materna es mayor e las zonas rurales y en las comunidades mas pobres.

En comparacion con las mujeres de mas edad las jovenes adolescentes corren mayor riesgo de complicaciones y muerte a consecuencia del embarazo

La atencion especializada antes, durante y despues del parto puede salvarles la vida a las embarazadas y a los recien nacidos.

La mortalidad materna mundial se ha reducido en casi la mitad entre 1990 y 2012.

Desde 1990, la mortalidad materna ha disminuido en un 47%.

Entre 1990 y 2012 la razón de mortalidad materna mundial (es decir, el número de muertes maternas por 100 000 nacidos vivos) solo ha disminuido en un 3,1% al año, cifra que está lejos de la reducción del 5,5% anual necesaria para alcanzar el OMS.

Distribución de la mortalidad materna

El alto número de muertes maternas en algunas zonas del mundo refleja las iniquidades en el acceso a los servicios de salud y subraya las diferencias entre ricos y pobres. La casi totalidad (99%) de la mortalidad materna corresponde a los países en desarrollo: más de la mitad al África subsahariana y casi un tercio a Asia Meridional.

La razón de mortalidad materna ratio en los países en desarrollo es de 240 por 100 000 nacidos vivos, mientras que en los países desarrollados es tan solo de 16 por 100 000. Hay grandes disparidades entre los países.

Pocos tienen razones de mortalidad materna extremadamente altas, superiores incluso a 1000 por 100 000 nacidos vivos. También hay grandes disparidades en un mismo país entre personas con ingresos altos y bajos y entre población rural y urbana.

El mayor riesgo de mortalidad materna corresponde a las adolescentes de menos de 15 años. Las complicaciones del embarazo y el parto son la principal causa de muerte de las adolescentes en la mayoría de los países en desarrollo.

Por término medio, las mujeres de los países en desarrollo tienen muchos más embarazos que las de los países desarrollados, por lo que tienen mayor riesgo de muerte relacionada con el embarazo a lo largo de la vida.

El riesgo de muerte relacionada con la maternidad a lo largo de la vida (es decir, la probabilidad de que una mujer de 15 años acabe muriendo por una causa materna) es de 1 en 3800 en los países desarrollados y de 1 en 150 en los países en desarrollo.

Causas de mortalidad materna

Muchas mujeres mueren de complicaciones que se producen durante el embarazo y el parto o después de ellos. La mayoría de esas complicaciones aparecen durante la gestación; otras pueden estar presentes desde antes del embarazo, pero se agravan con la gestación. Las principales complicaciones, causantes del 80% de las muertes maternas, son: Las hemorragias graves (en su mayoría tras el parto), las infecciones (generalmente tras el parto), la hipertensión gestacional (preeclampsia y eclampsia), los abortos peligrosos.
 
Las demás son asociadas a enfermedades como el paludismo, o la infección por VIH en el embarazo.
La salud materna y del recién nacido están íntimamente relacionadas. Cada año mueren más de 3 millones de recién nacidos, y otros 2,6 millones mueren antes de nacer.

Reducción de la mortalidad materna

La mayoría de las muertes maternas son evitables. Las soluciones sanitarias para prevenir o tratar las complicaciones son bien conocidas. Todas las mujeres necesitan acceso a la atención prenatal durante la gestación, a la atención especializada durante el parto, y a la atención y apoyo en las primeras semanas tras el parto. Es particularmente importante que todos los partos sean atendidos por profesionales sanitarios especializados, puesto que la conducta clínica apropiada y el tratamiento a tiempo pueden suponer la diferencia entre la vida y la muerte.

Las hemorragias graves tras el parto pueden matar a una mujer sana en dos horas si no recibe la atención adecuada. La inyección de oxitocina inmediatamente después del parto reduce el riesgo de hemorragia.

Las infecciones tras el parto pueden eliminarse con una buena higiene y reconociendo y tratando a tiempo los signos tempranos de infección.

La preeclampsia debe detectarse y tratarse adecuadamente antes de la aparición de convulsiones (eclampsia) u otras complicaciones potencialmente mortales. La administración de fármacos como el sulfato de magnesio a pacientes con preeclampsia puede reducir el riesgo de que sufran eclampsia.

Para evitar la muerte materna también es fundamental que se eviten los embarazos no deseados o a edades demasiado tempranas.

Todas las mujeres, y en particular las adolescentes, deben tener acceso a la planificación familiar, a servicios que realicen abortos seguros en la medida en que la legislación lo permita y a una atención de calidad tras el aborto.

Obstáculos a que las mujeres reciban la atención que necesitan

Las mujeres pobres de zonas remotas son las que tienen menos probabilidades de recibir una atención sanitaria adecuada. Esto es especialmente cierto en regiones con pocos profesionales sanitarios cualificados, como el África subsahariana y Asia Meridional.

Aunque la atención prenatal ha aumentado en muchas partes del mundo durante el último decenio, solo el 46% de las mujeres de los países de ingresos bajos se benefician de una atención especializada durante el parto. Esto significa que millones de partos no son asistidos por un médico, una matrona o una enfermera diplomada.

En los países de ingresos elevados, prácticamente todas las mujeres realizan como mínimo cuatro consultas prenatales, son atendidas durante el parto por profesionales sanitarios capacitados y reciben atención pos natal. En los países de ingresos bajos, poco más de un tercio e de las embarazadas realizan la cuatro consultas prenatales recomendadas .

Otros factores que impiden que las mujeres reciban o busquen atención durante el embarazo y el parto son; la pobreza la distancia, la falta de información, la inexistencia de servicios decuados, las prácticas culturales.
 
Para mejorar la salud materna hay que identificar y eliminar los obstáculos al acceso a servicios de salud materna de calidad en todos los niveles del sistema sanitario.

Respuesta de la OMS

La mejora de la salud materna es una de las principales prioridades de la OMS, que está tratando de reducir la mortalidad materna ofreciendo orientaciones clínicas y programáticas basadas en datos científicos, fijando normas mundiales y prestando apoyo técnico a los Estados Miembros. Además, la OMS aboga por tratamientos más asequibles y eficaces, elabora materiales didácticos y directrices para los profesionales sanitarios, y presta apoyo a los países para que ejecuten políticas y programas y efectúen un seguimiento de los progresos.

Durante la cumbre de las Naciones Unidas, celebrada en septiembre de 2010, el Secretario General Ban Ki-moon presentó una Estrategia mundial de salud materna e infantil cuyo objetivo es salvar la vida de más de 16 millones de mujeres y niños durante los próximos cinco años. La OMS está colaborando con los asociados para alcanzar este objetivo en la actualidad.